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Comunicación

El Programa Kit Digital: Impulsando la Transformación Digital de las Pymes en España

by Admin on 18/05/2026

Red.es ha marcado un nuevo hito en su objetivo de impulsar el proceso de digitalización empresarial en España. Con el lanzamiento de nuevas convocatorias del Kit Digital, se abre una ventana de oportunidades para empresas medianas, ampliando así el espectro de beneficiarios de este programa de subvenciones. Este artículo desglosa los detalles esenciales de estas novedades, enfocándose en cómo las empresas pueden aprovechar estas ayudas para fomentar su transformación digital.

Contexto y Origen del Programa Kit Digital

El 23 de julio de 2020 se presentó el Plan España Digital 2025, una Agenda actualizada que impulsa la Transformación Digital de España como una de las palancas fundamentales para relanzar el crecimiento económico, la reducción de la desigualdad, el aumento de la productividad, y el aprovechamiento de todas las oportunidades que brindan estas nuevas tecnologías. En desarrollo de dicha agenda, el 27 de enero de 2021 se adoptó el «Plan de Digitalización de las PYMEs 2021-2025».

El Consejo de Ministros del día 27 de abril de 2021 aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española. El Plan es el instrumento fundamental para el desarrollo de los fondos europeos de recuperación “Next Generation EU” y está estructurado en torno a las cuatro transformaciones que el Gobierno ha situado desde mediados de 2018 en el centro de la estrategia de política económica: la transición ecológica, la transformación digital, la igualdad de género y la cohesión social y territorial.

El 8 de julio de 2022 se presentó la “Agenda España Digital 2026”, que mantiene los diez ejes estratégicos de la versión inicial de la “Agenda España Digital 2025”, y añade dos nuevos ejes transversales para impulsar proyectos estratégicos de gran impacto a través de la colaboración público-privada y la cogobernanza del Estado y las Comunidades Autónomas.

La inversión 3 del componente número 13 del «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia» (Impulso a la pyme), en línea con el «Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025», tiene por objetivo la digitalización de pequeñas y medianas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, incorporando reformas e inversiones orientadas a facilitar la creación de empresas, su crecimiento y su restructuración, a mejorar el clima de negocios, así como a seguir impulsando los importantes procesos de aumento de productividad mediante la digitalización, la innovación y la internacionalización.

Entre las actuaciones o proyectos de dicha inversión, se encuentra el denominado «Programa Digital Toolkit» (en español, «Kit Digital») dotado con un presupuesto de 3.067 millones de euros que tiene por objetivo fomentar la digitalización de las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo.

El 30 de diciembre de 2021, se publicó en el Boletín Oficial del Estado número 313 la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas y medianas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España- Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU (Programa Kit Digital).

Esta orden ha sido modificada posteriormente por diversas órdenes, siendo la última la Orden TDF/240/2025, de 1 de marzo (BOE núm. 62 de 13 de marzo de 2025).

¿Qué es el Programa Kit Digital?

El programa Kit Digital es una iniciativa del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, gestionada a través de la entidad pública Red.es. Su objetivo es promover la digitalización de medianas, pequeñas empresas, microempresas y autónomos, y contribuir a modernizar el tejido productivo español.

Esta iniciativa está dotada, en su conjunto, con un presupuesto de 3.067 millones de euros a través de los fondos NextGenerationEU de la Unión Europea.

Desde su puesta en marcha, y hasta finales de 2024, los programas Kit Digital y Kit Consulting han alcanzado, en conjunto, a 530.000 pymes y autónomos de toda España, lo que representa el 80% del objetivo comprometido con Bruselas con una inversión de 2.300 millones de euros.

Objetivos de la Convocatoria

La nueva convocatoria de ayudas del Kit Digital aprobada por el Gobierno de España tiene como objeto promover la mejora de la competitividad y el nivel de madurez digital de empresas de entre 50 y 250 empleados.

Las ayudas, que se conceden en forma de subvención directa mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, podrán destinarse a la adopción de soluciones de digitalización que supongan una mejora funcional para la empresa solicitante.

Novedades y Cuantías de las Ayudas

Red.es ha anunciado la expansión de su programa Kit Digital, dirigido ahora a empresas medianas con un rango de 50 a menos de 250 empleados. Esta iniciativa, destinada a promover el uso de tecnologías avanzadas para mejorar los procesos empresariales, se centra especialmente en la integración de la inteligencia artificial (IA) como herramienta de optimización.

La cuantía máxima de la ayuda, o ‘bono digital’, será de:

  • 25.000€ para aquellas empresas de entre 50 y menos de 100 empleados (Segmento IV).
  • 29.000€ para las empresas cuyo número de empleados sea de entre 100 y menos de 250 empleados (Segmento V).

Además, se ha anunciado una modificación en el Segmento III, donde se ampliará el importe máximo a 3.000 euros y se incluirá una nueva categoría destinada a la instalación de un puesto de trabajo (hardware) con un importe de 1.000 euros.

Cuantías de Ayuda por Segmento

Segmento Número de Empleados Cuantía Máxima de Ayuda Novedades Destacadas
Segmento I (cerrado) Entre 10 y menos de 50 - -
Segmento II (cerrado) Entre 3 y menos de 10 - -
Segmento III (abierto) Entre 0 y menos de 3 3.000 € (antes 2.000 €) Incluye “Puesto de trabajo seguro” (hardware). El aumento es retroactivo.
Segmento IV (abierto) Entre 50 y menos de 100 25.000 € Nuevas categorías con IA y Ciberseguridad Gestionada.
Segmento V (abierto) Entre 100 y menos de 250 29.000 € Nuevas categorías con IA y Ciberseguridad Gestionada.

Es importante destacar que los Agentes Digitalizadores podrán ofrecer equipos informáticos únicamente a los beneficiarios del segmento III, acompañados de mantenimiento y soporte en su uso, aunque los detalles específicos de esta oferta están aún por definirse.

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Catálogo de Soluciones de Digitalización

Esta nueva convocatoria de ayudas del Kit Digital ofrece, por primera vez, un catálogo de soluciones de digitalización que incorporan la implantación de herramientas basadas en Inteligencia Artificial.

Las empresas beneficiarias podrán acceder a un catálogo de 14 soluciones que se ha actualizado y adaptado a las necesidades de su tamaño. El catálogo está disponible en la web de Acelera pyme y se compone de las siguientes categorías:

  • Comercio electrónico.
  • Gestión de Redes Sociales.
  • Gestión de Clientes.
  • Business Intelligence y Analítica.
  • Gestión de Procesos.
  • Gestión de la facturación y factura electrónica.
  • Servicios y herramientas de Oficina Virtual.
  • Comunicaciones Seguras.
  • Ciberseguridad.
  • Presencia avanzada en Internet.
  • Servicio de Ciberseguridad Gestionada (nueva categoría).
  • Gestión de clientes con IA asociada (nueva categoría).
  • Business Intelligence y Analítica e IA asociada (nueva categoría).
  • Gestión de procesos con IA asociada (nueva categoría).

Algunas soluciones son incompatibles, como es el caso de gestión de procesos y gestión de procesos con IA, gestión de clientes y gestión de clientes con IA y Business Intelligence y Analítica y Business Intelligence y Analítica e IA. En estos casos, las empresas beneficiarias solo podrán firmar acuerdos por cada una de ellas.

Beneficiarios y Requisitos

Todas aquellas empresas que quieran acceder a este plan deben tener claros los requisitos previos que deben cumplir. La nueva convocatoria de ayudas del programa Kit Digital para medianas empresas es una iniciativa del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, gestionada a través de la entidad pública Red.es.

Criterios de Elegibilidad

Podrán ser beneficiarios de esta Convocatoria de ayudas las entidades cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, comprendidas en los Segmentos IV y V que establece el artículo 7.2 de las Bases Reguladoras:

  • Segmento IV: Medianas empresas entre 50 y menos de 100 empleados. (En este segmento se incluyen las empresas con menos de 50 empleados que tengan consideración de mediana empresa al superar el volumen de negocios anual y balance general anual de 10 millones de euros).
  • Segmento V: Medianas empresas entre 100 y menos de 250 empleados.

Exclusiones

No podrán ser beneficiarias en esta Convocatoria:

  • Las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de soluciones de digitalización.
  • Las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios ni los autónomos colaboradores.
  • Las uniones temporales de empresas (UTE).
  • Las personas físicas o jurídicas que hayan obtenido la condición de beneficiarias en alguna de las Convocatorias del Programa Kit Digital.
  • Las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público.
  • Los Colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.

Requisitos Adicionales

Los beneficiarios deberán cumplir el resto de los requisitos establecidos en el artículo 8 de las Bases Reguladoras:

  • Estar inscritos en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que deberá reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener una antigüedad mínima de 6 meses.
  • No tener la consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

El número de empleados de los segmentos se calculará teniendo en cuenta los datos de trabajadores existentes en el Régimen General de la Seguridad Social y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o por cualquier otro medio válido en Derecho, en el momento de presentar la solicitud.

Proceso de Solicitud y Concesión de Ayudas

El plazo de solicitud para los nuevos segmentos ya está abierto desde el pasado 11 de enero. Desde el pasado viernes día 14, está abierto el plazo para solicitar a través de Red.es la nueva ayuda.

Las solicitudes para acceder a estas ayudas deben presentarse por vía electrónica a través de la sede electrónica de la entidad pública Red.es y el plazo para presentar solicitudes comprende del 12 de diciembre de 2024 a las 11 horas hasta el 30 de junio de 2025 a las 11 horas. Este plazo concluirá antes si se agotase el crédito presupuestario establecido.

Pasos para Solicitar la Ayuda

Para solicitar la ayuda la mediana empresa debe:

  1. Registrarse en el área privada de www.acelerapyme.es y completar el test de autodiagnóstico digital que no lleva más de 10 minutos.
  2. Consultar la información disponible de las soluciones de digitalización del programa Kit Digital, donde se podrá escoger una o varias de las que se indican en el catálogo que se puede consultar en www.acelerapyme.es.
  3. Solicitar la ayuda en la sede electrónica de Red.es.

Una vez se comprueba que la empresa cumple los requisitos, se concede el bono digital. El beneficiario podrá consultar en www.acelerapyme.es el catálogo de soluciones básicas de digitalización que ofrece el programa Kit Digital y el catálogo de agentes digitalizadores. Deberá seleccionar uno o varios agentes digitalizadores con los que desarrollar las soluciones de digitalización que mejor se adapten a las necesidades de su negocio y suscribir los “acuerdos de prestación de soluciones de digitalización”.

Las ayudas son de concurrencia no competitiva y se otorgarán de forma directa y por orden de llegada, una vez realizadas las comprobaciones del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.

Gestión Simplificada y Representación Voluntaria

Bajo el lema “cero papeles”, Red.es ha diseñado un sistema de tramitación muy innovador usando herramientas de robotización e inteligencia artificial automatizado que reduce la carga burocrática, disminuye el número de documentos a presentar y acorta los plazos de concesión. La empresa podrá solicitar la ayuda sin aportar ninguna documentación. Será suficiente con que el empresario autorice a Red.es a consultar de oficio los requisitos y obligaciones requeridos para obtener la condición de beneficiario, salvaguardando la transparencia y seguridad jurídica.

Con el fin de facilitar al máximo el acceso a las ayudas, se ha habilitado la figura del “representante voluntario”, es decir, que cualquier tercero sea persona física o jurídica, debidamente autorizado, puede solicitar la ayuda por cuenta de la empresa. En esta convocatoria, el representante voluntario podrá presentar como máximo 100 solicitudes al día.

Además de los medios de firma previstos, la firma y gestión del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización podrá suscribirse por un Gestor Administrativo colegiado, previa autorización para realizar este trámite en nombre de la entidad beneficiaria mediante la firma del documento electrónico de representación suscrito a través de la plataforma del Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos.

Ejecución y Justificación de las Ayudas

Una vez formalizado el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización y validado por la entidad colaboradora, la ejecución de la actividad subvencionada se realizará en dos fases:

  1. Primera fase (plazo máximo de 3 meses): Durante esta fase deberá realizarse la instalación, y desarrollo en su caso, de la solución, así como la emisión de la factura por parte del Agente Digitalizador Adherido, previa conformidad del beneficiario. El plazo de justificación para esta fase es de seis (6) meses desde la validación del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización.
  2. Segunda fase (plazo de 12 meses): Durante esta fase deberá realizarse el mantenimiento de la solución de digitalización, así como la prestación de un servicio de soporte y la impartición al beneficiario de la formación necesaria que le permita la adquisición de conocimientos básicos para su gestión. El plazo de justificación para esta fase es de tres (3) meses desde la finalización de dicha fase.

El pago de las ayudas se realizará en dos fases y los pagos correspondientes a la primera fase de la prestación de la solución tendrán la consideración de pagos a cuenta y no requerirá la constitución de garantías.

Obligaciones de los Beneficiarios

El beneficiario se obliga al cumplimiento de lo establecido tanto en las Bases Reguladoras, como en esta Convocatoria, así como en lo dispuesto en el Ordenamiento Jurídico general. En particular deberá:

  • Cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Cumplir la normativa aplicable al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia dentro del Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU»).
  • Comunicar a Red.es la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, para el mismo gasto subvencionable.
  • Registrar en su contabilidad, en un código contable diferenciado, el detalle de todas las transacciones relacionadas con la actividad subvencionada, y conservar la documentación justificativa durante un plazo mínimo de cuatro (4) años.
  • Declarar a Red.es todas las ayudas de minimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso.
  • Formalizar los correspondientes Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los Agentes Digitalizadores Adheridos.
  • Entregar a Red.es la información necesaria para medir la contribución de la actividad subvencionada al correspondiente indicador establecido en el hito u objetivo correspondiente.
  • Atender a los requerimientos para evaluar el Nivel de Madurez Digital en cualquier momento una vez instaladas las soluciones.
  • Establecer medidas eficaces y proporcionadas para evitar el fraude, la doble financiación y la falsificación de la documentación.
  • Garantizar mediante declaración responsable el pleno cumplimiento de la normativa medioambiental vigente y del principio de «no causar daño significativo» (principio Do No Significant Harm -DNSH-).
  • Garantizar mediante declaración responsable que las actividades que se desarrollen no ocasionan un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales, según el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852.

Documentación a Presentar

Además de la solicitud electrónica, deberá presentar:

  • En caso de que actúe por medio de representante voluntario, la Autorización de representante voluntario en el marco del Programa Kit Digital contemplada en el Anexo II de la Convocatoria.
  • En caso de oposición expresa a la consulta de oficio, deberá aportar la documentación detallada en el Anexo I de la Convocatoria.

En el caso de ser requerido a subsanar, y se le indique que debe ratificar la presentación voluntaria, deberá utilizar el modelo de ratificación correspondiente. Para revocar al representante voluntario, se deben seguir los procedimientos establecidos en la convocatoria.

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